domingo, 13 de mayo de 2012

Razón a un padre “por dilaciones indebidas” en su proceso de divorcio, pendiente de custodia compartida

Desde el mes de febrero de 2009 J.A.C.G., vecino de la ciudad de Chiclana, lleva luchando por la custodia compartida de sus hijos que en aquel momento tenían 1 y 5 años. A día de hoy aún no existe auto alguno en primera instancia, aunque sí unas medidas dictadas por el juzgado nº 1 donde se dictó una custodia materna, como en el 90% de los casos, y en contra del criterio del Ministerio Fiscal. Medidas ratificadas posteriormente en medidas provisionales por el reclamado Juzgado nº3 de Chiclana.

Desde aquel momento, como acredita el informe del C.G.P.J. se han producido retrasos y anomalías justificables únicamente a un funcionamiento anormal del juzgado en cuestión, tanto que algunas de las solicitudes realizadas, en más de una ocasión, y después de más de dos años, no se tiene aún notificación alguna, solicitudes que al no resolverse han dado lugar a constantes denuncias por la parte contraria con el perjuicio de poder acabar en condena con pena de prisión para el reclamante, según informa la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva.

El pleno del Consejo General del Poder Judicial, en contra de un informe realizado por el Ministerio Fiscal de la Audiencia Provincial de Cádiz para el Defensor del Pueblo Andaluz, mediante informe remitido al Ministerio de Justicia y al padre gaditano, da la razón a J.A.C.G. por el funcionamiento anormal de la administración de justicia y concretamente del Juzgado Nº 3 de Chiclana, donde además se da la circunstancia que atienden el mismo juzgado el titular del mismo y otra jueza de refuerzo.

El informe dicta en su última hoja lo siguiente: “… no cabe sino considerar que se ha producido un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia por dilaciones indebidas”

http://www.andaluciainformacion.es/portada/?a=227071&i=97&f=0

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